Orden
ICT/1519/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras
de ayudas para proyectos de digitalización de «última milla» en empresas del
sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2021, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Objeto: Movilizar
aquellos proyectos singulares y transformadores que cubran procesos y productos
fácilmente escalables y replicables con una clara orientación al usuario final
y que contengan, entre otros, mejoras en la digitalización e inteligencia
aplicados a la gestión, promoción, puesta en valor y difusión para destinos y
sector turístico.
Proyectos incluidos:
- Línea 1: Proyectos de desarrollo tecnológico
innovadores que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo
con riesgo tecnológico medio/bajo.
- Línea 2: Proyectos de implantación y adopción
de nuevas tecnologías que incorporarán tecnologías testadas previamente en
el mercado con riesgo tecnológico bajo.
Las líneas de ayudas descritas en el apartado
anterior se refieren a procesos de innovación en materia de organización o de
procesos, suponiendo, bien la aplicación de un nuevo método organizativo a las
prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones
exteriores de una empresa.
Cuantía: el presupuesto
mínimo del proyecto será de 300.000 euros y el presupuesto máximo será de
750.000 euros.
Duración: de los proyectos
tendrán una ejecución máxima de 12 meses.
Entidades beneficiarias:
- Las empresas del sector turístico (definidas
en el artículo 3 de la Orden) válidamente constituidas, tengan
personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España. Se considerarán
empresas las entidades que ejerzan una actividad económica
independientemente de su forma jurídica y de su financiación y que entre
sus fines y actividades recojan la gestión, promoción, puesta en valor y
difusión de los recursos turísticos clasificadas bajo alguno de los CNAE
expuestos en el artículo 8.1.a.
- Empresas cuya actividad les permita
constituirse en socios tecnológicos y con experiencia demostrable en el
ámbito turístico.
- En los términos específicos que establezcan
las correspondientes convocatorias y siempre que cumplan con los
requisitos exigidos, las asociaciones profesionales y empresariales,
incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de éstas, legalmente
constituidas y dadas de alta en el Registro Correspondiente de Asociaciones
y cuyo objeto social y actividad tenga relación directa con el sector
turístico.
Plazo de presentación de
solicitudes: un mes desde la publicación en el
BOE.